Gestación por sustitución: ¿autonomía reproductiva o mercado?
En diálogo con Radio Universidad, la abogada y docente Natalia de la Torre analizó la práctica conocida como "vientre de alquiler" y los proyectos de ley que buscan regular su práctica.
Por Natalia de la Torre*
La gestación por sustitución es una técnica de reproducción médicamente asistida que tiene una característica que la diferencia de una fertilización in vitro o de una inseminación casera o médica. En este caso, hay una persona que gestará un embrión conformado con material genético de quienes desean ser padres o con material genético de terceras personas que han donado.
Esto no surge en el marco de un proyecto en que la mujer quiera ser madre, sino que lo gestará para que otras personas que tengan la intención de ser padres puedan ejercer esa posibilidad. Es así como, de alguna manera, esto pone en crisis un principio clásico del derecho que afirma que al parto le sigue la maternidad, porque se está gestando para otros.
La gestación por sustitución es lo que se conoce comúnmente como vientre de alquiler, aunque, al referirse a esta figura de esa manera, se está teniendo una visión negativa y se reduce la gestación a un carácter comercial y contractual. Asimismo, se refuerza esta idea de agencia que actúa de intermediaria entre quienes quieres ser padres y quienes quieren que sea para otros.
Gestación por sustitución y normativas en Argentina
En Argentina, se habla de gestación por sustitución porque hace más de diez años se debatió sobre la reforma del Código Civil y Comercial de la Nación. Se había propuesto, cuando se regula la filiación producto del uso de las técnicas de reproducción, una regulación de la figura y se la denominó "gestación por sustitución".
Las personas que trabajaron en la redacción de aquella primera propuesta habían establecido que era una técnica muy particular y controvertida, porque se incorporaba a una persona ajena al proyecto parental. Entonces, se decía que en ese único supuesto las personas tenían que ir a un proceso en la Justicia de familia, con un equipo interdisciplinario, y ver si se cumplía una serie de requisitos.
El código salió sin prohibición de la figura, y esto produjo que empiece a aumentar la práctica. De todas formas, la realidad es que en Argentina se realiza la gestación por sustitución pese al vacío legal. No obstante, cabe destacar que, desde que se dio este debate allá por 2012 y 2013 hasta el día de hoy, se presentaron 21 proyectos de ley.
Todos ellos proponen regular la figura de la gestación por sustitución con control para garantizar que, de alguna manera, se aseguren los derechos fundamentales de todas las personas que intervienen en el procedimiento. De esos 21 proyectos, solo tres tienen estado parlamentario.
Mientras tanto, la gestación se sigue realizando en Argentina, sin garantías, y hay mucha preocupación sobre todo cuando hay un corrimiento del Estado y un mercado reproductivo que genera mucho dinero; allí rigen las reglas del libre mercado, las cuales no son muy garantistas de los derechos de las personas. Para eso, debe haber mayor presencia, control y reglamentación.
*Abogada y docente.