El recurso de amparo, la garantía de las garantías
El Dr. Christian Ferrero, auxiliar administrativo del Juzgado en lo Correccional N° 3 del Departamento Judicial de La Matanza, analizó el recurso de amparo en diálogo con Radio Universidad.
Por el Dr. Christian Ferrero*
El amparo es una acción judicial que se relaciona esencialmente con cierto grado de vulneración de derechos contemplados en la Constitución Nacional. Cada uno se basa en los bloques de constitucionalidad, es decir, los tratados de derechos humanos que tienen jerarquía constitucional y en las leyes.
Decimos que este recurso es la garantía de las garantías porque cuando falla todo lo demás, todos los otros derechos contemplados en la Constitución, el amparo está disponible. Sobre todo porque, además de ser una garantía con carácter instrumental o de medio, es un derecho. Sin embargo, está previsto como último recurso.
En primer término, el amparo está previsto contra actos u omisiones. Esto significa que el acto es un obrar humano voluntario, a diferencia de una inundación o un sismo, por ejemplo. El actuar será pasivo o activo; el primero puede ocurrir cuando la persona tiene la obligación legal de actuar y no lo hace. En este sentido, cualquier ciudadano legitimado puede presentar un amparo porque es, como decimos, un derecho y una garantía.
Incluso, algunas veces, este recurso es desde particulares hacia el Estado. Esto nos remite a varias cuestiones que tienen que ver con la admisibilidad del amparo. Lo primero a entender es qué tipo de acto se va a cuestionar, ya que la ley veda expresamente algunos ataques por medio del amparo. De acuerdo con la ley, no se cuestionan por esta vía de manera directa las leyes ni sentencias judiciales.
Para presentar un amparo, es necesario asistir con un perjuicio personal, individual o colectivo concreto, con un interés jurídicamente protegido y tutelado. Así, la Corte lo denomina como un interés calificado. A través del amparo, uno está cuestionando de manera inmediata un acto que está fundado en una ley. De hecho, la ley que regula el amparo dice que el juez podrá dictar la inconstitucionalidad de la ley en la que se basa el acto. Se puede cuestionar la manifestación de esa norma general, pero no la norma.
¿Cómo surgió el recurso de amparo?
Antes de estar regulado por la Constitución, el amparo se creó por vía pretoriana. Esto quiere decir que lo reconocieron los jueces en sus fallos por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos a una acción rápida, expedita y efectiva para la protección de los derechos.
Samuel Kot era dueño de una fábrica que, en un momento, tuvo una protesta de sus empleados, que tomaron el área de producción. El propietario de la fábrica actuó por las vías judiciales ordinarias sin obtener respuesta alguna. De hecho, todos sus planteos fueron rechazados. Finalmente, la Corte reconoció que estas actitudes de particulares estaban obstaculizando el ejercicio de la empresa lícita, el derecho a trabajar, por lo cual declaró la toma como ilegítima, más allá de estar sustentada en un conflicto gremial.
*Auxiliar administrativo del Juzgado en lo Correccional N° 3 del Departamento Judicial de La Matanza