Atención médica: hasta diciembre, podrán usarse recetas en papel y electrónicas

La receta electrónica entrará en vigencia este lunes 1 de julio, pero coexistirá con el sistema anterior durante el resto del año.

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El Gobierno reglamentó la llamada Ley Nacional de Receta Electrónica, que entrará en vigencia a partir del lunes 1º de julio, con el objetivo de modificar el modo en el que se prescriben medicamentos en todo el país, así como también estudios y prácticas ordenadas por profesionales de la salud, que históricamente llevaban a cabo en papel.

Así las cosas, esta modificación fue reglamentada a través del Decreto N°345/202 y, a partir de julio, correrá un plazo de 180 días en el que se deberán adaptar todos los sistemas y registros de todo el país para garantizar la implementación de las recetas electrónicas. Hasta diciembre serán válidas aquellas que hayan sido realizadas en papel.

Según se adelantó oficialmente, para facilitar el proceso de implementación, el Ministerio de Salud de la Nación creará el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS) que unifica el registro de todas las plataformas existentes con el objetivo de mejorar los procesos de modernización e interoperabilidad entre sistemas. Esto implica la correcta adopción de buenas prácticas definidas por los equipos técnico-sanitarios.

Desde ahora comienza una instancia de adecuación. Por un lado, se iniciará la adhesión sucesiva de las provincias conforme se incorporen a esta modalidad de prescripción. Por otro, las plataformas deberán inscribirse en el ReNaPDiS, y, de ser necesario, tendrán que adaptar sus sistemas para cumplir con los requisitos estipulados dentro del cronograma establecido.

Cómo será la transición

Durante la etapa de adhesión y registración, las plataformas de recetas electrónicas que funcionan en la actualidad pueden continuar emitiendo recetas, mientras completan el trámite en el ReNaPDiS.  Una vez inscriptas, cada receta estará identificada con un código que permitirá verificar su unicidad en todo el país. Este identificador asegura la transparencia en la dispensa tanto para los pacientes como para los demás actores.

Durante el período de registración de las plataformas, los profesionales que no cuenten con recetarios electrónicos podrán confeccionar recetas en papel y con ellas las personas podrán obtener sus medicamentos en una farmacia como hasta ahora. Y una vez que la totalidad de las plataformas estén inscriptas, esta modalidad permanecerá como condición de excepción en zonas de difícil acceso o sin conectividad.

Las farmacias seguirán aceptando las recetas de acuerdo con el cronograma establecido en el ReNaPDiS. Esto incluye tanto a las recetas emitidas en papel como a aquellas realizadas a través de plataformas habilitadas o en proceso de adecuación.

En los próximos días está previsto que en el Boletín Oficial se publique una disposición para la adhesión, registración y adecuación. Una vez publicada la disposición, estarán disponiblen en el sitio web oficial del Ministerio de Salud los Instructivos para profesionales y farmacias, donde podrán encontrar la información detallada sobre la implementación de la receta electrónica y los procesos de registración.