El Gobierno anunció y oficializó la desregulación del servicio de correo postal
El vocero presidencial Manuel Adorni concretó el anuncio por medio de sus redes sociales, y la medida fue publicada este lunes en el Boletín Oficial.
El Gobierno nacional confirmó que desregulará el servicio de correo postal, actualmente a cargo de la empresa Correo Argentino, de propiedad enteramente estatal. La medida fue confirmada este lunes a través del decreto 1005/24 que se publicó en el Boletín Oficial.
De acuerdo a lo precisado desde el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, que trabajará en conjunto con la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología para avanzar con el proyecto, el objetivo de la medida es “promover la libre competencia y la eliminación de decisiones burocráticas que restringen la oferta de bienes y servicios". Además, agregaron que busca "fomentar la transparencia, simplificación, digitalización y mayor seguridad del servicio”.
Condiciones para la prestación del servicio de correo
Por medio de las redes social, Manuel Adorni, vocero presidencial, planteó: “El Gobierno ha tomado la decisión de desregular el servicio de correos. Con esta medida lograremos más competencia, mayor digitalización y mejor seguridad en materia postal”.
Para ser operador postal las personas jurídicas deberán inscribirse ante la autoridad de aplicación de manera electrónica, gratuita y declarativa. La inscripción se realizará una sola vez al inicio de la actividad. Podrán iniciar automáticamente sus actividades a partir de los cinco días desde la fecha de su inscripción. Dicha inscripción constituirá habilitación suficiente para desarrollar la actividad.
Los operadores postales que desarrollen actividades en el mercado postal local e internacional podrán fijar con total libertad la dotación de personal, la modalidad, los tipos de servicios prestados, los equipos, medios de transporte y locales que requieran para su actividad.
Según la información oficial, van a poder brindar cartas documentos, telegramas, comunicaciones fehacientes y giros postales. "Es obligación del Prestador de Servicios Postales informar al cliente sobre la calidad del servicio que se compromete a prestar. En ningún caso el Estado Nacional será responsable por las obligaciones que deje de cumplir el Prestador de Servicios Postales", aclara el Decreto.
"La falta de cumplimiento respecto de uno o varios clientes de las condiciones de calidad y servicio postal informados podrá acarrear la aplicación de sanciones", advierte el decreto. Será la Autoridad de Aplicación la que se ocupará de dichas sanciones. Lo hará "sobre la base de lo establecido en la Ley N° 20.216”, señala el documento.
Además, se habilita que los ejemplares y la constancia de entrega al destinatario del telegrama y carta documento sean en formato digital, al igual que el respaldo. A su vez, la verificación de identidad se podrá realizar vía RENAPER u otros medios de verificación remota. Asimismo, a las personas humanas se les permitirá ofrecer el servicio de Mensajería Urbana, con o sin vehículo, en plazos breves y distancias cortas.
¿Qué pasará en las elecciones?
La principal duda a partir de la desregulación es qué pasará con el futuro del Correo Argentino. Una de sus funciones claves consiste en el traslado de urnas durante las elecciones. En junio pasado, la Cámara Nacional Electoral le pidió a la Dirección de Servicios Electorales del Correo que informe sobre el impacto que esta reestructuración tendrá en la logística de los procesos electorales.
Cabe mencionar que, en el Decreto 1005/24 el Gobierno define al "Operador Postal Designado" como "la persona jurídica, determinada por el Poder Ejecutivo Nacional en forma obligatoria y sin exclusividad, por medio de la cual el Estado Nacional cumplirá con los compromisos asumidos con la Unión Postal Universal, dentro de la República Argentina, y tendrá a su cargo la prestación del servicio postal universal".
"El Poder Ejecutivo Nacional deberá garantizar que al menos un operador postal ofrezca en todo el territorio de la República Argentina la prestación del Servicio Postal Universal en forma obligatoria y sin exclusividad", establece el decreto. "En tanto el Poder Ejecutivo Nacional no designe otro prestador, el Correo Oficial de la República Argentina S.A. será la persona jurídica por medio de la cual el Estado Nacional cumpla con los compromisos asumidos en las Actas de la Unión Postal Universal, teniendo a su cargo la prestación del Servicio Postal Universal", completa.
"El Correo Oficial de la República Argentina S.A. tendrá a su cargo el Servicio Electoral de las Elecciones Nacionales”. Por el momento, el Correo Oficial es el Correo Argentino, que viene padeciendo reestructuraciones por parte del Gobierno nacional.