Ciberpatrullaje: Bullrich amplió la lista de delitos federales

Lo oficializó el ministerio de Seguridad por medio de la Resolución 1330/2024. De esta manera, el Ministerio de Seguridad incluyó delitos de "intermediación financiera no autorizada, mediante la utilización de criptoactivos”.

El Ministerio de Seguridad a cargo de Patricia Bullrich amplió la lista de delitos en lo cuales las fuerzas federales pueden realizar labores preventivas en el espacio cibernético. En un intento de evitar las estafas piramidales. La medida se hizo efectiva mediante la publicación de la resolución 1330/2024 en el Boletín Oficial. Así, se incorporó a los hechos que pueden ser monitoreados de esta forma a los “delitos de intermediación financiera no autorizada, mediante la utilización de criptoactivos”.

El ciberpatrullaje ya había sido autorizado en mayo de este año, cuando se permitió realizar estas tareas en los casos vinculados con amenazas y otras formas de intimidación o coacción; venta o permuta de artículos cuyo origen, presumiblemente, provenga de la comisión de un acto o de un hecho ilícito u obtenidos en infracción a las disposiciones aduaneras; así como falsificación y comercialización de instrumentos públicos en sitios web y otros espacios virtuales.

Asimismo, esta forma de monitoreo es aplicable para conductas que puedan comportar situaciones de acoso; amenaza o extorsión de dar publicidad a imágenes sin consentimiento; trata de personas y tráfico de personas; lavado de activos; terrorismo; venta libre de elementos para los cuales se requiera autorización o dispensa legal; y cualquier otro delito del que se pueda obtener noticia a través del ciberespacio.

“El constante avance de transacciones relacionadas con criptoactivos, así como la utilización de plataformas tecnológicas para su uso y difusión, está generando espacios de actuación para el desarrollo de delitos ciberasistidos y ciberdependientes con un gran número de víctimas de todos los estratos sociales y económicos” argumentó el Gobierno en los considerandos de la resolución.

Límites

También, el Gobierno limitó el alcance de esta decisión al establecer que “se excluirán de la lista para su presunta judicialización aquellas conductas susceptibles de ser consideradas regulares, usuales o inherentes al uso de Internet y que no evidencien la intención de transgredir alguna norma”.

Según lo señalado en la resolución, “las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales no podrán acumular información recabada con motivo de las investigaciones previas realizadas y, una vez concluida la actividad preventiva o decidida la no judicialización, deberá destruirse el material y datos obtenidos”.

“El ciber-patrullaje no podrá interferir con la libertad de expresión constitucionalmente garantizada”, aclara la resolución que dio lugar a esta metodología de monitoreo.

En su trabajo, los agentes responsables tendrán prohibido:

*Obtener información, producir inteligencia o almacenar datos sobre personas o usuarios por el sólo hecho de su raza, fe religiosa, acciones privadas u opinión política.

*Emplear métodos ilegales, prohibidos, invasivos y violatorios de la dignidad de las personas para la obtención de información.

*Comunicar o publicitar información que viole los principios descriptos en el artículo anterior, como así también incorporar datos o información falsos.