Subsidios al consumo de luz y gas: qué datos hay que tener para evitar la quita del beneficio
A pesar de que aun no está habilitada la página para completar la declaración jurada, desde el Gobierno dieron a conocer el formulario para mantener el subsidio.
El Gobierno nacional informó los criterios para la declaración jurada que los usuarios residenciales deberán completar para mantener los subsidios en las tarifas de gas y electricidad. El trámite se puede realizar de manera virtual o presencial en las oficinas de las prestadoras de los servicios o de la ANSeS, aclararon.
Cabe recordar que el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) permitirá a los usuarios de los servicios de luz y gas seguir percibiendo el beneficio. Este trámite se pide en el marco de la oficialización de la segmentación de tarifas en base al ingreso del hogar: bajos, medios y altos. Para inscribirse en el formulario del RASE, se podrá acceder a través de la página web www.argentina.gob.ar/subsidios.
Los datos que habrá que completar son:
- Número de DNI y de trámite.
- Nombre y apellido.
- CUIL.
- Género.
- Fecha de nacimiento
- Datos socioeconómicos.
- Situación laboral.
- Datos de contacto.
- Domicilio declarado por el usuario y código postal.
- Relación con el domicilio.
- Datos del servicio de luz.
- Datos del servicio de gas.
- Datos del grupo conviviente.
Cabe destacar que, al ser una declaración jurada, los usuarios le otorgarán el permiso a la Subsecretaría de Planeamiento Energético para acceder a información sobre los ingresos socioeconómicos de los integrantes que viven en el inmueble. Asimismo, quienes perciban actualmente el subsidio, pero no completen el registro, lo perderán. Además, quienes reciben prestaciones sociales, jubilados y pensionados también pueden inscribirse. Sin embargo, quienes integren el grupo de ingresos altos deberán abonar la tarifa plena, que se irá regularizando de manera gradual hasta fin de año.
En este sentido, se anunció que les quitarán los subsidios a quienes tengan ingresos mensuales netos superiores a un valor equivalente a 3,5 Canastas Básicas Totales (CBT), sean propietarios de tres o más inmuebles y sean titulares de tres o más automóviles con antigüedad menor a cinco años, de uno o más aeronaves o embarcaciones de lujo y/o titulares de activos societarios que muestren una capacidad económica plena.