Flexibilización del cepo: quiénes pueden volver a comprar dólares
Beneficiarios de algún tipo de ayuda social durante la pandemia o que percibían subsidios en las tarifas de energía podrán volver a comprar dólares.
El martes pasado, el Banco Central decidió aplicar una flexibilización del cepo cambiario a través de algunas medidas. La más importante es la eliminación de las restricciones para la compra de dólar MEP y Contado Con Liquidación (CCL) para aquellos que habían recibido algún tipo de ayuda social durante la pandemia o que percibían subsidios en las tarifas de energía.
Mediante un comunicado, el BCRA confirmó la medida, que se tomó en el marco del comienzo de la denominada Fase 2 del programa económico del Gobierno nacional: “Quedarán habilitados para suscribir créditos hipotecarios en pesos y acceder al dólar MEP para concretar sus operaciones inmobiliarias todas aquellas personas que estaban incluidas en esa categoría”.
El dólar MEP implica la compra de bonos públicos en la plaza local (con pesos) y su posterior venta en dólares, generando un tipo de cambio implícito. Por su parte, el dólar CCL consiste en la misma operación, pero para llevar las divisas a una cuenta en el exterior. Las personas que pueden volver a concretar las transacciones con la medida son:
- Beneficiarios de refinanciaciones de saldos de tarjeta de crédito durante la pandemia de COVID-19.
- Beneficiarios de Créditos a Tasa Cero, Créditos a Tasa Cero 2021, Créditos a Tasa Cero Cultura y/o Créditos a Tasa Subsidiada para Empresas.
- Beneficiarios del congelamiento de las cuotas de los créditos hipotecarios durante la pandemia de COVID-19.
- Diputados y senadores nacionales vedados por una decisión conjunta de ambas cámaras en octubre del 2020.
- Usuarios de servicios públicos beneficiarios del subsidio en las tarifas de energía eléctrica y/o gas natural. Pueden haber recibido el subsidio de forma automática o tras haberlo solicitado.
- Personas humanas beneficiarias del “Plan de pago de deuda previsional”, previsto en la Ley N° 27.705 u otro plan de regularización de deuda previsional, siempre que no hayan cancelado la deuda.
- Personas humanas beneficiarias de los Créditos Ansés.
- Beneficiarios de los créditos para trabajadores registrados en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), según el decreto de septiembre del 2023.