El Gobierno desreguló el transporte de media y larga distancia: qué cambia y qué pasa con las tarifas

El decreto del Gobierno nacional permite el ingreso a empresas extranjeras a que presten servicios para mejorar la oferta y la competencia de precios.

A través del Decreto 883/2024, publicado en el Boletín Oficial este lunes, el Gobierno nacional dispuso la desregulación del transporte de media y larga distancia y la concentración de todos los regímenes en uno digital y de libre acceso. Así, se permite el ingreso a empresas extranjeras a que presten servicios para mejorar la oferta y la competencia de precios.

La resolución incluye los servicios de ómnibus de larga distancia y el libre acceso a aeropuertos y puertos de taxis y vehículos contratados por aplicaciones digitales. Únicamente excluye expresamente a los colectivos de los servicios urbanos y suburbanos del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) “en atención a las características particulares” que poseen.

“Resulta necesario dotar de herramientas normativas más ágiles y flexibles al sistema de transporte, con el fin de implementar un régimen que se caracterice por una mayor desregulación en materia de prestación y operación de servicios, promoviendo un mayor nivel de competencia”, sostiene el Gobierno.

Además, la normativa sostiene que “corresponde adoptar las medidas para que todas las empresas de transporte registradas y las que se incorporen en el futuro puedan prestar servicio libremente en todos los recorridos, brindando continuidad a los que están activos”. La norma entrará en vigencia antes del 3 de enero del 2025.

Nuevo registro, recorridos, horarios y precios

Asimismo, la Secretaría de Transporte indicó en un comunicado que se creará el Registro Nacional de Transporte de Pasajeros, que será de “acceso público, sin costo y online”. Su objetivo será brindar “una mayor comodidad del transportista, un ahorro de tiempo en la gestión de trámites burocráticos y una mayor transparencia”.

Según el decreto, las empresas locales y extranjeras que se encuentren registradas podrán establecer libremente los recorridos, horarios, vehículos, precios, duración de los servicios y los puntos de ascenso y descenso de pasajeros. Esto generaría “una mayor oferta de servicios y competencia de precios que beneficiará a los usuarios y a las empresas transportistas”.

Por último, se precisa que las compañías “tendrán que informar la capacidad de transporte, detallando cantidad y tipo de vehículo, cantidad de asientos, seguros contratados, la nómina de conductores a asignar y la información relativa a las licencias de conducir”. También, deberán mencionar “la periodicidad de los servicios, las paradas intermedias, su origen y su destino”.