DEUCO pide la nulidad del DNU por los aumentos de la medicina prepaga
Se espera que el alza en los valores sea de 127,5 por ciento en los primeros tres meses del año.
No son pocos los recursos de amparo y los pedidos de nulidad frente al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023: muchos sectores y ramas de la actividad industrial, comercial y empresarial consideran que afecta o limita derechos. Una de las presentaciones es la de Defensa de los Derechos de Usuarios y Consumidores (DEUCO).
La presentación de la asociación de usuarios y consumidores hace hincapié en que el DNU presidencial anula el artículo 5, inciso G, de la Ley N° 26.682 de Medicina Prepaga. Este artículo establecía que los aumentos en las cuotas del sector eran determinados por la Superintendencia de Servicios de la Salud luego de la realización de un estudio de costos.
En el escrito, DEUCO subraya que, tras la derogación del artículo, “las empresas de medicina prepaga acordaron aplicar un aumento del 40 por ciento promedio a partir del 1 de enero”, a lo que se suma que “ya avisaron un nuevo aumento del 30 por ciento para febrero y otro incremento del 25 propuesto para marzo”.
Además, desde el sector adelantaron que “a partir de abril aplicarían un ajuste mensual de acuerdo al aumento del Índice de Precios al Consumidor”. De esta forma, un afiliado que, en enero, abonó una cuota de 20.000 pesos, deberá terminar pagando 45.500 en marzo, con un alza que “será del 127,5 por ciento en tres meses”.
“La eliminación de la regulación les permite a las empresas de medicina prepaga fijar la cuota con absoluta libertad. Por eso, pedimos la nulidad del DNU 70/2023”, cierra el comunicado, que hace referencia a los incrementos en el rubro comprendido dentro de la salud hasta abril, ya que no se especificó cómo serían los ajustes más allá del corto plazo.
El DNU y la medicina prepaga
El Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 introduce modificaciones al marco regulatorio de la medicina prepaga liberalizando los precios de sus cuotas y permitiendo a los afiliados redireccionar de forma directa sus aportes de salud a las empresas. Entre los considerandos, se destaca que la liberación de precios permitirá “aumentar la competitividad del sistema”.
Así, la modificación a la Ley N° 26.682 quita potestad al Estado de “revisar los valores de las cuotas y sus modificaciones” y elimina la comisión permanente que regulaba las prepagas, que contaba con representantes del Ministerio de Salud y de Economía, al igual que el Consejo Permanente de Concertación.