Créditos UVA: Diputados aprobó un alivio para los deudores

Ante la nueva ley, los hipotecados no deberán abonar una cuota superior al 30 por ciento de sus ingresos.

Durante la sesión del miércoles, la Cámara de Diputados de la Nación aprobó el proyecto de ley que busca mejorar la situación de los deudores de créditos hipotecarios UVA. La norma estipula que la cuota no supere el 30 por ciento de los ingresos, además de la modificación del sistema de actualización de la hipoteca. La medida, que obtuvo 134 votos positivos, 40 negativos y 18 abstenciones, establece la suspensión por un año de los juicios de desalojo, lanzamientos, embargos o cualquier tipo de medidas preventivas o cautelares en trámite sobre aquellas viviendas que se encuentren bajo la modalidad de crédito hipotecario UVA.

“El valor de la cuota a pagar por el deudor será determinado en función de la actualización mensual del saldo de capital por el índice actualizable por remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (IAR), determinado en la presente ley, u otra variante que se establezca en función de la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE)”, explicó la presidenta de la Comisión de Finanzas, Alicia Aparicio.

Al momento de abonar la cuota, el hipotecado podrá optar por una cuota que no supere el 30 por ciento del Ingreso del Grupo Familiar del tomador. Además, quienes estén alcanzados por el Impuesto a las Ganancias podrán deducir hasta tres salarios mínimos en un año calendario. Por otra parte, se podrá vender la vivienda con el crédito.

También, se creará un Fondo Fiduciario de Compensación y Promoción Hipotecario (FFCPH) con el aporte de diferentes impuestos para que complete la “diferencia entre la cuota pagada por el deudor y la que debiera percibir la entidad financiera, según las condiciones originales del contrato”. Asimismo, en la ley se contempla que, si el deudor se encuentra en cese laboral, el Fondo Fiduciario de Compensación abona hasta tres cuotas.

“La diferencia contemporánea entre la cuota pagada por el deudor y la que debiera percibir la entidad financiera según las condiciones originales del crédito dará lugar a una compensación monetaria que será cubierta por el Fondo Fiduciario de Compensación y Promoción Hipotecario (FFCPH)”, cerró Aparicio.