Comercios: desde abril, se deberá discriminar el IVA en las facturas

El objetivo es que los consumidores tengan un claro acceso a “la presión fiscal que incide sobre el precio final de los productos”.

El Gobierno nacional dispuso que, a partir del 1 de abril, todas las facturas de bienes y servicios deberán llevar el detalle del Impuesto al Valor Agregado (IVA). La medida, implementada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), contempla a todos los comerciantes y prestadores de servicios.

Con esta política, los comerciantes deberán incorporar en sus comprobantes un apartado en el que se desglose el monto del IVA y de otros impuestos internos. Además, alcanza a “todo el universo de contribuyentes” en el marco del cronograma de implementación del régimen de transparencia fiscal establecido por ARCA.

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La decisión tiene como objetivo que los consumidores tengan un claro acceso a “la presión fiscal que incide sobre el precio final de los productos”. En este sentido, la normativa precisa que las facturas deberán llevar un apartado titulado “Otros impuestos nacionales indirectos”, donde se detallarán el IVA y los impuestos internos.

En esa línea, el organismo recaudador aclaró que “el consumidor final no debe hacer ninguna operación” ya que esta distinción será meramente informativa. Los comprobantes también tendrán que llevar incluida la leyenda “Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor. Ley N° 27.743”, con otros gravámenes.

Vale recordar que, hasta ahora, la obligación de discriminar el IVA solo contemplaba a las grandes empresas. No obstante, aquellas que utilizaban herramientas de facturación electrónica de ARCA, como Facturador Móvil o Comprobantes en Línea, ya tenían la opción de mostrar el impuesto en sus tickets.