La AFIP categorizó a más de cuatro millones de monotributistas y ofreció facilidades de pago
El organismo categorizó a los contribuyentes de acuerdo con la escala que correspondía a partir de febrero pasado, en igual proporción que la evolución del haber mínimo jubilatorio. Además, anunció que los pequeños contribuyentes podrán financiar en hasta 20 cuotas de, al menos, 500 pesos el pago de la diferencia generada por la actualización.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que categorizó a más de cuatro millones de monotributistas de acuerdo con la escala que correspondía encuadrar a partir de febrero pasado, en función de lo establecido por ley y en igual proporción que la evolución del haber mínimo jubilatorio.
En un comunicado, se indicó que se categorizó a “4.077.376 monotributistas, aplicando la tabla con los nuevos valores de los distintos componentes del monotributo (impositivo, seguridad social y salud) para los meses enero, febrero, marzo, abril y mayo, asignando una nueva categoría a cada contribuyente”.
La Ley Nº 27.618, aprobada por el Congreso, establece que el organismo debe, por única vez, volver a categorizar a los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado en la categoría que les corresponda, considerando los valores de los parámetros de ingresos brutos y de los alquileres que resulten de la actualización.
Para conocer las categorías asignadas, los contribuyentes deben ingresar con su CUIT y clave fiscal en la página web de la AFIP, en tanto que tendrán plazo hasta el próximo 25 de junio para solicitar una eventual nueva modificación.
Financiamiento en hasta 20 cuotas
Por otra parte, la AFIP informó que los pequeños contribuyentes podrán financiar en hasta 20 cuotas de, al menos, 500 pesos el pago de la diferencia generada como resultado del proceso de categorización. La adhesión a estos planes de facilidades de pago estará disponible en la solapa monotributo.afip.gob.ar, a partir del 1º de julio.
El plan de facilidades de pago ofrece la posibilidad a los contribuyentes de cancelar las diferencias en hasta 20 cuotas mensuales, iguales y consecutivas no inferiores a 500 pesos. Aquellos que opten por el beneficio, deberán tener el Domicilio Fiscal Electrónico constituido y contar con una CBU declarada ante la AFIP.
Según la AFIP, la actualización “garantiza el financiamiento a la seguridad social y al sistema de salud, al tiempo que incrementa los montos que pueden facturarse anualmente en cada escala”. En cada oportunidad, los monotributistas deben recategorizarse en forma obligatoria.