La Justicia suspendió el decreto que convertía al Banco Nación en sociedad anónima
El fallo señala que cualquier cambio en la estructura jurídica de la entidad bancaria debe ser tratada en el Congreso ya que se trata de una entidad autárquica.
La Justicia hizo lugar a una medida cautelar que había sido presentada contra el decreto de necesidad y urgencia 116/2025, por lo que suspendió la transformación del Banco Nación en una sociedad anónima. El fallo, que lleva la firma del juez Alejo Ramos Padilla, dejó sin efecto el DNU presidencial por el plazo de seis meses.
El magistrado argumentó en su fallo que cualquier cambio en la estructura jurídica del Banco Nación debe ser tratado y analizado en el Congreso ya que se trata de una entidad autárquica creada a través de una ley. “El Banco de la Nación Argentina compete al Congreso Nacional. Por lo tanto, es este poder el único que puede revocar su carácter”, aseguró.
Vale recordar que el conflicto comenzó con el DNU 70/2023, la denominada “Ley Bases”, que daba lugar a la posible privatización de varias entidades, muchas en manos del Estado, entre ellas, el Banco Nación. No obstante, también se mencionaban Aerolíneas Argentinas, el Correo Argentino e YPF, entre otras.
Tras ello, en junio de 2024, la Asociación Bancaria, entre otras entidades, presentó una demanda para que se declarase la nulidad e inconstitucionalidad de la Resolución 348 y del decreto 70/2023. Por esos días, Ramos Padilla ya había expresado que no se autorizaban los cambios en la situación jurídica del banco ya que esto era potestad del Banco Nación.
En su fallo actual, el magistrado remarcó que la Carta Orgánica del Banco Nación establece que “es una entidad autárquica del Estado, con autonomía presupuestaria y administrativa”. Por eso, “no le serán de aplicación las normas dispuestas con carácter general para la organización y funcionamiento de la administración pública nacional”.