Se extendió el plazo para la renovación de asignaciones y pensiones

El trámite se realiza en línea en su totalidad mediante el sitio web del IPS, opción “Asignaciones Familiares”.

Este martes, el Instituto de Previsión Social (IPS) de la Provincia de Buenos Aires anunció la extensión del plazo para la renovación de asignaciones familiares y beneficios pensionarios. La nueva fecha límite es el próximo 31 de mayo, que se definió para garantizar la continuidad del cobro de las prestaciones y evitar la suspensión de los pagos.

De esta manera, los jubilados y pensionados que perciben sus haberes a través del IPS y tienen familiares a su cargo tendrán más días para presentar la documentación necesaria, según lo que se requiera. El trámite se realiza en su totalidad de forma online mediante el sitio web del IPS, opción “Asignaciones Familiares”.

A su vez, aquellos beneficiarios que requieran la presentación de certificados y declaraciones juradas de estudios también tendrán tiempo para presentar el papelerío hasta el 31 de mayo. Vale aclarar que las personas que no presentaron la documentación necesaria serán dados de baja de las planillas de forma automática. El trámite se debe hacer una sola vez al año.

¿Quiénes pueden hacer el trámite?

  • El/la titular de un beneficio previsional contributivo otorgado por el IPS.
  • Lo/as hijo/as deben ser menores de 18 años, residir en el país y ser soltero/as. Puede ser hijo/a adoptado/a o estar en guarda, tenencia o tutela acordada por autoridad judicial o administrativa competente.
  • En el caso de hijo/a/s discapacitado/a/s, deben residir en el país, ser soltero/as, divorciado/as, separado/as legalmente o viudo/as y estar bajo la “curatela a la persona”, en caso de insania.
  • Terceros no familiares que tengan guarda, tutela o tenencia expedida por autoridad judicial.

¿Qué documentación se necesita?

  • Formulario 109.
  • DNI (frente y dorso) del/la titular.
  • Declaración Jurada de ingresos del grupo familiar.
  • En base a la Declaración Jurada presentada, se deberá sumar la documentación que avale la información dada sobre el grupo familiar. Esto es aportes como autónomo, monotributistas o cajas profesionales, recibo de cobro, etcétera.
  • En caso de que no sea posible agregar alguna de estas constancias por desconocimiento de paradero, se deberá incluir la sentencia de juicio por alimentos y denuncia por incumplimiento.
  • En caso de que el otro/a progenitor/a esté fallecido, se deberá acompañar la documentación con el acta de defunción correspondiente.