El IVA deberá estar discriminado en facturas y comprobantes: ¿qué pasa con los consumidores?

En una primera etapa, el régimen será obligatorio para las grandes empresas. Luego, se ampliará a los contribuyentes de menor tamaño

A través de la Resolución General 5614/2024, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció que las empresas tendrán que proporcionar a los consumidores un desglose detallado de los impuestos incluidos en el precio final de los bienes y servicios. Entre ellos, se destaca el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

La medida forma parte de la implementación del régimen de transparencia fiscal, que tiene como objetivo ofrecer más claridad en los impuestos que los consumidores pagan por los bienes y servicios. Esta obligación de discriminar el IVA en facturas y comprobantes regirá desde el 1 de enero de 2025 para las grandes empresas.

Para el resto de los contribuyentes, se concederá un plazo adicional hasta el 1 de abril de 2025, tiempo en el que tendrán que adaptarse a la normativa. Sin embargo, aquellos que ya utilizan los sistemas de facturación electrónica mediante ARCA, tendrán esta medida aplicada de forma automática desde el 1 de enero.

Asimismo, se informó que la implementación del nuevo régimen será gradual. Así, en una primera etapa, será obligatorio para las grandes empresas para, luego, ampliarse a los contribuyentes de menor tamaño. De esta manera, el objetivo es que la adaptación para los contribuyentes sea progresiva.

Metodología y consumidores

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Según se precisa en la resolución, las grandes compañías deberán incluir una línea adicional, en la que deberán especificar el monto correspondiente al IVA y al resto de los impuestos, en los casos que corresponda. Así, los consumidores tendrían más certezas sobre la incidencia de los distintos impuestos en los productos y servicios que adquieren.

En lo que respecta a los consumidores, recibirán en los comprobantes de sus compras, de forma clara y detallada, la leyenda “Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor Ley N° 27.743”. Allí, se indicarán los impuestos que afectan sus productos. En este sentido, los consumidores no tendrán que realizar ninguna gestión adicional para ello.