Pena a 18 años de prisión para uno de los asesinos de René Mendoza: “No se pudo acreditar la alevosía”
Así lo manifestó el juez que presidió el juicio, Matías Deane, en diálogo con El1.
El Tribunal en lo Criminal N° 3 condenó por unanimidad a 18 años de prisión a Kevin Maza, de 21 años, el único detenido por el asesinato del referente social del barrio San Cayetano de González Catán, René Mendoza, cometido el 7 de noviembre de 2021 en la casa de la víctima. En diálogo exclusivo con El1, el juez que presidió el juicio, Matías Deane, explicó: “No se pudo acreditar la alevosía para que la condena fuera perpetua”.
“Tanto el Tribunal como la Fiscalía coincidimos en que estaban acreditados el homicidio simple con arma de fuego, el homicidio criminis causa en grado de tentativa -que aparece para consumar otro delito, en este caso al hijo de la víctima- y la tenencia de un arma. En cuanto a esas calificaciones, coincidimos en apartar la figura del homicidio alevoso, entendimos que no estaba acreditado, y es por eso que no se impuso una pena de prisión perpetua”, detalló.
En cuanto a la prueba más relevante para dictar el veredicto condenatorio, señaló que se trató del reconocimiento del hijo de la víctima, a quien intentaron asesinar durante el mismo episodio, que señaló al imputado como uno de los responsables en una rueda de reconocimiento. “Fue muy contundente y se mostró muy firme sobre esa identidad, por lo que te diría que la base de la condena está dada por esta declaración”, destacó.
Frente a esto, en el caso de que las partes del litigio no se encuentren conformes con el veredicto, pueden recurrir con el fallo al Tribunal de Casación Penal para que este se revea. Cabe recordar que el abogado del particular damnificado, en este caso la familia, solicitaba la pena máxima de prisión perpetua, mientras que la defensa del acusado proponía, en una primera instancia, la absolución.
“Fue un error lamentable”: la equivocación en el veredicto
La sentencia fue leída a través de una plataforma digital a las 16 horas del miércoles, donde se manifestó que se trataba de prisión perpetua. Sin embargo, luego, los jueces aclararon que el veredicto correcto era el de 18 años de prisión.
“Fue un error que durante la lectura del veredicto lo advertimos y rectificamos en el momento. Para dar mayor transparencia, decidimos dejar que continúe la lectura y, después, presentar la aclaración. Como puede leerse en el fallo y al seguir el razonamiento judicial, no fue acreditada la alevosía en el homicidio, por lo que la pena que correspondía no era la perpetua”, señaló en comunicación con este medio. Y finalizó: “Fue un error material que es lamentable, pero que desafortunadamente en ocasiones sucede, son cosas que pueden ocurrir en la vorágine de la cantidad de casos que se tratan en el Distrito”.