Por la pandemia, la AFIP prorrogó beneficios hasta fin de año
Se extienden hasta el 31 de diciembre distintos beneficios sobre los contribuyentes, en el marco de la emergencia sanitaria. Así, se estableció que “ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por la falta de pago de sus obligaciones durante noviembre”, entre otras cosas.
Este lunes, y a través de una resolución publicada en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que se extienden hasta fin de año distintos beneficios para los contribuyentes en el marco de la pandemia de coronavirus. La medida estaría relacionada con un posible rebrote, como ocurre en Europa. Así, en el marco de la emergencia sanitaria, se estableció que “ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por la falta de pago de sus obligaciones durante noviembre”. La normativa, también, suspendió las exclusiones de monotributistas correspondientes al pasado mes de octubre.
“A través de la Resolución General N° 4.863, se extienden los beneficios vigentes desde marzo. Se establece la baja del régimen cuando no se abonan diez cuotas consecutivas”, aclara la medida, y resuelve que octubre no será computado “a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas”.
En lo que concierne a las políticas precautorias, “se prorroga la suspensión de los embargos hasta el 31 de diciembre para aquellos contribuyentes inscriptos en el Registro MiPyME”. Asimismo, continúa la suspensión de iniciación de ejecuciones fiscales.
En cuanto a presentaciones digitales, el ente recaudador informó que “para facilitar la realización de distintos trámites, se mantiene la obligatoriedad del uso del servicio Presentaciones Digitales hasta el 31 de diciembre”. Para utilizarlo, se debe contar con clave fiscal y Domicilio Fiscal Electrónico, registrado y confirmado. También, se posterga la excepción de registro de los datos biométricos.
Por último, sobre los planes de pago permanentes, la AFIP sostuvo que la misma resolución “extienden hasta el 31 de diciembre los beneficios en materia de tasas de interés, cantidad de cuotas y calificación de riesgo previstos para la adhesión temprana a planes permanentes”.