Los gastos con tarjeta en dólares se descontarán del cupo mensual de 200
Según dispuso el Banco Central, desde ahora, las compras con tarjeta en dólares se tomarán a cuenta de los 200 que se tiene permitido comprar por mes y, en caso de exceder esa cifra, se descontará la diferencia en los próximos meses. Además, la AFIP aplicó una percepción del 35 por ciento, lo que podría llevar al tipo de cambio a casi 130 pesos.
De acuerdo a lo anunciado por el Banco Central y a lo que ya fue oficializado a través del Boletín Oficial, desde este miércoles, los gastos con tarjeta al exterior en dólares se tomarán a cuenta de los 200 mensuales permitidos por la entidad desde la última vez que se endureció el cepo cambiario.
De esta forma, por ejemplo, si una persona realiza una compra con tarjeta de crédito por cien dólares, el cupo de compra de ese mes se le reduce a la mitad. En el caso de que la compra supere el tope, la diferencia se le descontará en los próximos meses. Así, si la compra fuera de 1.000 dólares, no se podría acceder a los 200 mensuales durante cinco meses.
Esta medida también fija restricciones para que las empresas accedan al mercado único y libre de cambio para saldar sus deudas en dólares. La misma fue tomada luego de que se informara que, en los últimos dos meses, las compras de dólares para ahorro crecieron en forma exponencial, a pesar del último cepo.
Percepción del 35 por ciento
Por otro lado, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) determinó la aplicación de una percepción a cuenta del pago de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales del 35 por ciento para las operaciones de formación de activos externos, en las personas humanas, y las compras con tarjetas en moneda extranjera.
Esta decisión recae sobre aquellas operaciones alcanzadas por el Impuesto PAÍS y la percepción se calcula sobre el monto en moneda extranjera de una operación. Así, si se aplica esta percepción y se suma sobre ese valor inicial el impuesto, el valor del dólar quedaría cerca de los 130 pesos en los bancos y las casas de cambio.
En los casos en que los anticipos de la persona superen el monto correspondiente a ingresar por Ganancias y Bienes Personales, el excedente de este nuevo impuesto será reintegrado. Los monotributistas, trabajadores en relación de dependencia y jubilados que compran en moneda extranjera y no están alcanzados por los impuestos, pueden solicitar reintegro de la percepción.
Vale aclarar que esta percepción del 35 por ciento a cuenta del pago de los impuestos de Ganancias y Bienes Personales alcanza a las operaciones realizadas a partir de la publicación de la resolución de la AFIP en el Boletín Oficial y no a las efectuadas en los primeros días del mes.