El Gobierno autorizó las mudanzas en La Matanza y el resto de los distritos del AMBA
La medida fue publicada este jueves en el Boletín Oficial, pero aclara que, en los 40 municipios bonaerenses alcanzados por la excepción, los traslados solo podrán realizarse entre sus propias localidades. En el resto de la Provincia, también quedaron autorizadas, con la posibilidad de movilizarse entre distintas jurisdicciones, siempre que no incluyan al AMBA.
A partir de la Decisión Administrativa 909/2020, publicada este jueves en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional autorizó la realización de mudanzas en La Matanza y los otros 39 distritos bonaerenses que integran el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), aunque aclara que, por ser la zona con transmisión comunitaria de coronavirus, estarán habilitadas “únicamente” dentro de cada jurisdicción. Es decir, que solo podrán realizarse traslados entre las localidades de cada municipio.
La misma medida autoriza, también, las mudanzas en el resto de las comunas de la Provincia. En esos casos, se permitirán los traslados entre municipios, siempre que no provengan de otros distritos con transmisión local del virus, por lo que no podrá haber mudanzas desde el AMBA hacia el interior bonaerense.
La dinámica con la que las mudanzas quedaron habilitadas en los distritos que integran el Área Metropolitana es la misma con que se fue avanzando en la reapertura paulatina de la actividad industrial: el texto publicado en el Boletín Oficial recuerda que “como consecuencia de su estatus epidemiológico”, las nuevas excepciones a la cuarentena y a la prohibición de circular en esos 40 municipios bonaerenses “deben ser autorizadas por el jefe de Gabinete”, Santiago Cafiero, “con intervención previa del Ministerio de Salud de la Nación, a requerimiento del Gobernador de la Provincia”.
En ese sentido, al igual que las actividades que se fueron autorizando en las últimas semanas, los empleadores deberán garantizar “el traslado de los trabajadores y las trabajadoras sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros” y cumplir con los protocolos sanitarios pertinentes para minimizar el riesgo de contagio a partir de las medidas de distanciamiento e higiene necesarias. Asimismo, las personas alcanzadas para desarrollar sus actividades y servicios por esta decisión administrativa deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación.
De todos modos, para que las mudanzas queden finalmente habilitadas, la Provincia deberá dictar “el acto administrativo respectivo para autorizarlas” y podrá “limitar el alcance de la excepción a determinadas áreas geográficas o a determinados municipios, o establecer requisitos específicos para su desarrollo que atiendan a la situación epidemiológica local y a las características propias del lugar, con el fin de minimizar el riesgo de propagación del virus”, aclara el texto de la medida.
Por último, se advierte que las excepciones otorgadas “podrán ser dejadas sin efecto” por el Gobernador “conforme la evolución epidemiológica de la pandemia de COVID-19”.