Desde este lunes, rige el decreto que obliga al uso de tapabocas en la Provincia y comienzan las multas en La Matanza
Según la normativa del Ejecutivo bonaerense, los barbijos caseros deberán ser utilizados en el transporte público y en el privado y en lugares cerrados de acceso público. No obstante, el decreto de Espinoza amplía la obligatoriedad a la vía pública y estipula sanciones económicas que entrarán en vigencia esta semana.
La obligatoriedad del uso de tapabocas o barbijos caseros en todo el territorio de la Provincia entró en vigencia desde este lunes, según establece el decreto 255/2020 que el Gobernador bonaerense, Axel Kicillof, firmó el jueves pasado. Con la medida, el Ejecutivo provincial decidió adoptar un criterio unificado, luego de que varios municipios, entre ellos, La Matanza, resolvieran la medida con antelación. Además, a nivel local, desde hoy, el Municipio estará habilitado a labrar multas de hasta 30.000 pesos a quienes infrinjan la medida.
De acuerdo a la normativa provincial, desde esta semana, es obligatorio el uso de elementos “de protección que cubran nariz y boca por parte de todas las personas que permanezcan o circulen en transporte público de pasajeros o transporte privado cuando haya dos o más personas” y para quienes transiten por “todos los espacios cerrados de acceso público (como oficinas públicas y locales comerciales) dentro del territorio de la provincia de Buenos Aires”.
El decreto prohíbe, además, “la distribución, a título oneroso o gratuito, de las mascarillas médicas o quirúrgicas N95, o de calidad y características similares o superiores, a cualquier persona que no acredite ser personal de salud, o a personas jurídicas que no tengan por objeto la prestación de ese servicio o su producción y/o comercialización”.
Pero si bien el decreto provincial solo “recomienda” el uso de tapabocas en la vía pública, en La Matanza, su utilización sí es obligatoria, ya que el decreto municipal 760/2020 que firmó el intendente, Fernando Espinoza, sí lo estipula. Vale recordar que el texto en cuestión dispuso el empleo de “barbijos, mascarillas, protectores faciales o tapabocas y narices de confección doméstica, tanto para las personas que deban transitar por la vía pública” como para quienes circulen por “lugares públicos o cualquier otro lugar donde se realicen actividades” eximidas del aislamiento obligatorio por considerarse esenciales.
Asimismo, si bien la Provincia no estipuló, aun, sanciones económicas para quienes incumplan la medida, desde este lunes, el Ejecutivo matancero pondrá en vigencia un sistema de multas, de acuerdo a lo expresado por el decreto antes mencionado. A pesar de que, a nivel local, la obligatoriedad empezó a regir la semana pasada, el Municipio decidió dar una semana “de gracia” para que los vecinos se adapten a la medida.
Así las cosas, la normativa matancera establece que “a partir del día 20 de abril de 2020, se procederá a imponer a los infractores las sanciones consignadas en la ordenanza 7.107/77, capítulo IX”. Según confirmaron a El1 Digital desde la Secretaría de Gobierno municipal, las multas oscilarán “entre los 616 y los 30.000 pesos, dependiendo de las circunstancias en que se cometa la infracción”.